MATERNIDAD SEGURA Y DERECHOS DEL BEBÉ

MATERNIDAD SEGURA Y DERECHOS DEL BEBÉ

En la Semana del Parto Respetado, hablaremos de la maternidad segura y los derechos de madres, padres y bebés. Esta iniciativa nació en 2004 por medio de la Asociación Francesa por el Parto Respetado (AFAR) y se replica en distintas ciudades del mundo con el fin de visibilizar el modo en que se atienden partos y cesáreas en todo el mundo y exigir el cumplimiento de derechos vinculados al nacimiento.

En la Argentina, desde el 2004 existe la Ley Nacional 25.929 que defiende los derechos de las madres y bebés al momento del trabajo de parto y post parto. En sus artículos detalla que toda mujer tiene derecho a un parto natural, a estar acompañada por la persona que desee, a elegir la posición en la que quiere parir, a transitar su embarazo, parto y postparto respetados en todos los sentidos y a ser protagonista activa y recibir información necesaria para decidir.

Parto respetado

Cuando hablamos de parto respetado hablamos de “lo que la ley, la ética y la evidencia médica determina como la única opción posible y la que garantiza el bienestar de la madre y el bebé”, tal como lo dijo Violeta Osorio, activista por los derechos del parto respetado y la no violencia, en una nota al Diario La Nación.

En la práctica obstétrica, implica favorecer y respetar la fisiología, los tiempos biológicos y emocionales del proceso, sin realizar intervenciones de manera rutinaria o innecesaria, ni medicalizar el proceso, excepto que la mujer, con información, elija lo contrario.

Según el Ministerio de Salud de la Nación en un parto respetado, la madre tiene derecho a:

  • Ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y participar activamente en las decisiones acerca de las alternativas si es que existen.
  • Ser considerada como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su parto.
  • Un parto respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.
  • Ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo/a y, en general, que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.
  • No ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación.
  • Elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.
  • Tener a su lado a su hijo/a durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
  • Ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
  • Recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño/a.
  • Ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño/a y ella misma.

Por el lado del bebé, toda persona recién nacida tiene derecho a:

  • Ser tratada en forma respetuosa y digna.
  • Su inequívoca identificación.
  • No ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.
  • La internación conjunta con su madre en sala.
  • Que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.

Por último, el padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:

  • A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo/a, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.
  • A tener acceso continuado a su hijo/a mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
  • A un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño/a.
  • A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida.
  • A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño/a.

La situación en Argentina

Si bien Argentina es un país pionero en términos legales, los índices de violencia obstétrica alarman. Sobre una base de 4939 nacimientos, en un 90% de casos se practicó episiotomías a madres primerizas, considerada como una mutilación cuando se realiza de manera innecesaria. Este dato lo arrojó una investigación llevada a cabo por el Observatorio de Violencia Obstétrica (OVO). Otras conclusiones el estudio fueron:

  • A un 6.4 de cada 10 mujeres les fue suministrada oxitocina para acelerar el trabajo de parto cuando la OMS marca como un estándar justificable entre 0.5 y 1 de cada 10 nacimientos.
  • 7 de cada 10 tuvieron rotura artificial de bolsas sin consentimiento, tratándose de una maniobra rutinaria y riesgosa según la OMS.

Fuente consultada: Diario La Nación

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