No hacen falta golpes físicos para evidenciar violencia de género. Las actitudes, el sometimiento psicológico, la dependencia económica, las intenciones de coartar libertades individuales, y muchas otras, son también maneras de ejercerla.
Que no te confundan. La violencia hacia la mujer se manifiesta en actos tan sencillos que hasta pueden parecer normales: opinar sobre tu ropa, celarte, hacerte culpable de ciertas situaciones, controlar tus horarios o enojarse con vos por el gusto de la comida… todo eso, también ES violencia.
Tipos de violencia de género
Compartimos una tipificación de la violencia contra la mujer que publicó el portal Otramérica. Hay muchas maneras de ejercerla, entre ellas:
- Violencia psicológica: todo tipo de conducta ejercida en deshonra o menosprecio a la dignidad. Puede manifestarse en tratos humillantes, vigilancia constante, aislamiento, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, o cualquier otra acción que afecte la autoestima de la mujer.
- Acoso u hostigamiento: comportamientos, palabras, actos, gestos o mensajes dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear o vigilar a una mujer, que ponen en peligro su estabilidad emocional, integridad física o psíquica, su empleo, su prestigio o reconocimiento social.
- Amenaza: puede ser un enunciado verbal o por medio del daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él.
- Violencia física: toda acción que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer. Algunas pueden ser lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.
- Violencia doméstica: empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.
- Violencia sexual: toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad. Esta no solo comprende el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital.
- Prostitución forzada: obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante amenaza, intimidación, opresión psicológica o abuso de poder, esperando obtener ventajas económicas a cambio.
- Esclavitud sexual: privación ilegítima de la libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual.
- Violencia laboral: discriminación hacia la mujer en el ámbito de trabajo o cualquier conducta que obstaculice su acceso al empleo, ascenso o estabilidad laboral. Exigir un determinado estado civil, una edad tope, o una buena presencia para contratar a una mujer, es violencia laboral.
- Violencia económica: todo tipo de conducta dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la prohibición del acceso a sus bienes o la sustracción y destrucción de objetos, documentos personales, derechos patrimoniales o recursos económicos. Las limitaciones económicas para controlar sus ingresos o la privación de los medios económicos indispensables para vivir también son parte de la violencia de género.
Tambien se incluyen en la categoría de violencia de género la violencia obstétrica, la esterilización forzada (propia de varias culturas), la violencia mediática, la violencia institucional, la violencia simbólica (mediante mensajes, valores, iconos, signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación), y el tráfico y la trata de mujeres, niñas y adolescentes.
Fuente consulta: otramerica.com